Mediante la Ley 2101 del 15 de
julio de 2021, se estableció la reducción de la jornada máxima legal de trabajo
de 48 a 42 horas semanales, sin afectar el salario ni los derechos adquiridos
de los trabajadores. La distribución de estas 42 horas semanales podrá
acordarse entre el empleador y el trabajador en un período de 5 o 6 días a la
semana, asegurando siempre un día de descanso.
La implementación de esta nueva
jornada laboral puede llevarse a cabo de forma inmediata o gradual, según la
elección del empleador. La opción de implementación gradual permite que la
reducción de la jornada se realice en los próximos cinco años, comenzando
dentro de los dos años siguientes a la entrada en vigor de la normativa.
A continuación, se detallan las fechas y horas en las que la jornada laboral deberá reducirse durante los próximos cinco años:
La reducción de horas eximirá al
empleador de asignar dos horas semanales de la jornada de trabajo para
actividades recreativas, culturales, deportivas o de formación. De ahora en
adelante, en todas las disposiciones del Código Sustantivo del Trabajo y otras
normativas relacionadas que mencionen la jornada laboral de 48 horas, se
considerará una jornada de 42 horas a la semana.
Por: Gerard Beltran - CEO Revfis


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